Diario de Valladolid

La causa Perla Negra vuelve al juzgado y la vista no se reanudará al menos hasta otoño

La Audiencia de Valladolid reconoce que la documentación entregada a las defensas es «incompleta» / El tribunal conmina a Instrucción 2 a que localice el CD no entregado y lo aporte a las defensas

Los acusados por el caso Perla Negra, en segunda fila, detrás de los abogados respectivos de la defensa en el juicio (ahora interrumpido), esta semana. E. M.

Los acusados por el caso Perla Negra, en segunda fila, detrás de los abogados respectivos de la defensa en el juicio (ahora interrumpido), esta semana. E. M.

Publicado por
Íñigo Arrúe
Valladolid

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Bumerán judicial . Vuelta de la causa al Juzgado de Instrucción. Ya ocurrió con el caso PGOU del Ayuntamiento de Valladolid y ha vuelto a ocurrir. La Audiencia de Valladolid ha acordado enviar las actuaciones del caso de la Perla Negra, tal y como pidieron el lunes todas las partes personadas, las defensas y las acusaciones. Todo ello porque la documentación del caso que recibieron los abogados defensores (no así la Fiscalía) era incompleta , además de carente de la preceptiva certificación de entrega de la letrada de justicia. En concreto, una de las letradas protestó porque ni había recibido un CD «básico»  para su formular su escrito de defensa.

Las partes plantearon la nulidad de las actuaciones en base a la vulneración del derecho a la defensa, a la tutela judicial efectiva y a un proceso con todas las garantías. Petición que ha sido estimada por la sección segunda de lo Penal de la Audiencia de Valladolid. El presidente del tribunal comunicó ayer  que las actuaciones volverán al Juzgado de Instrucción 2 de Valladolid al momento «inmediatamente anterior» a las diligencias de ordenación de 14 de enero de 2020.

Por tanto, no se trata de un regreso al punto cero de la instrucción, sino al momento de hacer efectivo que todo el material documental acopiado durante la instrucción de nueve años llegue a las partes. El magistrado Miguel Ángel de la Torre, «en aras de evitar cualquier tipo de indefensión» , pide al citado órgano que localice el citado CD y entregue copia del mismo a las defensas, así como un certificado de que se han entregado todas las actuaciones. 

Para tomar esta decisión, el juez ha tenido en cuenta también otras deficiencias que fueron planteadas por las defensas. Así, recuerda que la secretaria judicial de Instrucción 2 emitió el 4 de agosto de 2020 una diligencia en la que informaba de la existencia de documentación a disposición de las partes «cuando prácticamente estaba cumplido el plazo de presentación de los escritos de conclusiones de las defensas y sin opción de prórroga» , a pesar de que lo habían solicitado los abogados.

La resolución de la Audiencia, que se recogerá en un auto, establece devolver la causa al juzgado. A partir de ese momento, la letrada de justicia practicará las diligencias oportunas para determinar el lugar en el que se encuentra el CD al que se refiere la diligencia de ordenación de 5 de mayo de 2016. Se trata, según dejó constancia la secretaria judicial en aquella fecha, de un cedé «con la documentación relativa a Begoña Hernández , la documentación relativa a las facturas solicitada a ADE y la documentación solicitada a la Consejería de Hacienda (mobiliario)». 

Ahora la Audiencia ordena que ese CD se incorpore a la causa y que se entreguen copias del mismo a las partes. Posteriormente, las defensas tendrán un plazo de diez días para que puedan presentar escritos sobre los documentos que no se les haya entregado copia. Acto seguido. el juzgado dará traslado de los archivos solicitados «certificando así que se ha llevado a efecto el traslado completo». 

Superada esta etapa, la causa continuará con un plazo de presentación de los escritos de conclusiones provisionales de las defensas frente a las acusaciones formuladas.

La declaración de nulidad no alcanzará ni a las actuaciones ni a las resoluciones que no estén vinculadas a este incidente. Así, no afectará al auto del 12 de noviembre de 2020 de la Audiencia Provincial  (sección cuarta), ni a las pruebas aportadas a la causa ante el Juzgado de Instrucción 2 con posterioridad a la diligencia de ordenación de 14 de enero de 2020, ni a las practicadas por la sección segunda de la Audiencia como prueba anticipada. 

PGOU: trece meses 

La pregunta ahora es saber cuándo se reanudará el juicio. El precedente similar, el del juicio del caso del PGOU del Ayuntamiento de Valladolid no es precisamente halagüeño. Se interrumpió el 19 de septiembre de 2018 por falta de entrega de documentación a las defensas y no se reanudó hasta el 16 de octubre de 2019, y eso que no llegó a devolverse al juzgado instructor. Fuentes de la Audiencia de Valladolid, indicaron que, como mínimo, no se reanudará antes de dos o tres meses , aunque puede ser mucho más ya que está por medio el mes de agosto inhábil, sin olvidar los plazos del Juzgado de Instrucción 2, el período de presentación de los escritos de defensa, las pruebas que se pidan y fijar un señalamiento para 23 días en la sala de vistas del Palacio de Justicia. 

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